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ABRIL - mes de RENTA

01/04/2024 · Varios

Inicio y fin de la Campaña de la Renta 2023-2024

A partir del 3 de abril será posible acceder al borrador y presentar las declaraciones de forma online.

A partir del 7 de mayo será posible presentar las declaraciones de forma telefónica, solicitando cita previa en la Agencia Tributaria

A partir del 3 de junio será posible presentar las declaraciones de forma presencial en una oficina de la Agencia Tributaria, siempre previa cita.

El 26 de junio finaliza el plazo para todas la declaraciones con resultado a ingresar.

El 1 de Julio finaliza el plazo para presentar todas las declaraciones.

El límite lo marca el nivel del ingresos anuales percibido por el contribuyente, aunque existen excepciones, la ley obliga a ciertos ciudadanos a presentar la Renta.

* Cuando un contribuyente perciba exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo de un solo pagador por encima de 22.000 euros anuales.

* Cuando un contribuyente perciba exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo de dos o más pagadores (siempre que a partir del segundo se perciban al menos 1.500 euros anuales) por encima de 15.000 euros anuales.

*Cuando un contribuyente perciba exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo de un pagador no obligado a retener por encima de 15.000 euros anuales.

*Cuando un contribuyente perciba exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo que sean pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas de IRPF por encima de 15.000 euros anuales.

* Cuando un contribuyente perciba exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención por encima de 15.000 euros anuales.

* Cuando un contribuyente perciba exclusivamente rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta por encima de 1.600 euros anuales.

* Cuando un contribuyente perciba exclusivamente rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas por encima de 1.000 euros anuales.

https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/Renta.html

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